Son
Organos de La Academia Nacional de la Ingeniería y el Habitat,
(Art.
9 al 11. Ley ).
• La Junta de Individuos de Número
máxima autoridad de la institución, conformada por los 35 Individuos
de Número. Entre otras funciones: dicta la reglamentación de
La Academia, aprueba El Registro de Candidatos y elige a los Miembros; crea
Comisiones Especiales, aprueba el Presupuesto, las Declaraciones, y los asuntos
de máxima importancia de la Academia. ( Art. 11. Ley ).
• El Comité Directivo
integrado por: El Presidente, El Vice-Presidente, El Secretario, El Tesorero y El Bibliotecario, Individuos de Número electos por dos años. Es el órgano directivo, administrativo y de representación de La Academia. Responde por la buena marcha de la Institución y la correcta inversión de fondos. Prepara El Plan y los Programas de Trabajo, y para su desempeño, entre otros, designa Comisiones de Trabajo.
•
Comisiones Especiales
Grupos de trabajo designadas y/o creadas por La Junta de Individuos de Número.
La
Comisión Calificadora de Candidatos Académicos.
Designada por la Junta de Individuos de Número. Elabora y actualiza
El Registro de Candidatos Académicos.
La Comisión Electoral
Responsable por la organización de los procesos electorales de La Academia.
•
Comisiones ad hoc designadas por La Junta
Grupos de trabajo designadas por La Junta de Individuos de Número,
para tratar determinados asuntos, por tiempo determinado, y para trabajar
coordinadas con El Comité Directivo.
